
La realidad de la ley de morosidad
La situación actual de la morosidad comercial afecta a las pymes en un 60%. A pesar de que el plazo medio de cobro para estas ha mejorado, se sigue situando en unos 20 días más de lo establecido por la ley. Existen algunos sectores especialmente afectados como son el de la construcción, que cuenta con un 41% de empresas que reconocen tener pagos pendientes. Aun así, este colectivo ha reducido su plazo medio de cobro en 4,9 días con respeto al trimestre anterior.
En la legislación actual sobre morosidad está vigente la Ley 15/2010, que modificó a la Ley 3/2004 desde el día 7 de julio de 2010 y que establece, desde 2013, una serie de plazos máximos de pago en las operaciones que se realizasen desde un punto de vista comercial. Este periodo es de 60 días para las empresas privadas, aunque con una excepción para los productos de alimentación frescos y perecederos. Las administraciones públicas tienen 30 días, que comienzan a contabilizarse desde la entrega de los productos o servicios prestados.
En lo que respecta a la aplicación de la ley de morosidad, el marco regulatorio de esta se ve incumplido en muchas ocasiones, de manera que tanto pymes como autónomos han de tomar medidas preventivas para protegerse de morosos. Es cierto que en la ley se contempla la opción de reclamar intereses de demora e indemnizaciones por los posibles costes de cobros, pero en muchos casos no se solicitan por miedo a que se demore aún más el cobro.
El problema de la morosidad es que, en ocasiones, provoca que se agrave el desfase de liquidez y tesorería, situación que puede producir un cierre del propio negocio. Por ello, se hacen necesarias herramientas de gestión para reducir esta tendencia, como la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad o la propia Ley de Morosidad, impulsadas por pymes y autónomos para hacer frente al problema y que los plazos de pago se asemejen a la Unión Europea.
Es cierto que existe un descenso de la morosidad en los últimos años. En el sector privado bajó durante 2013 hasta 85 días de media y en el público a 111, pero aún se mantiene en una tasa del 5,1%, cuando la media europea es del 2,6%. Como medidas de presión ante esta situación, el Gobierno ha legislado ya para el sector público y, en breve, lo hará para el sector privado con el Real Decreto 635/214 de 25 de julio, donde desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las administraciones públicas. Según el ministro Montoro, se espera la aprobación de la normativa al respecto.